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La Coctelera

ACTIV@S M+45

Un colectivo contra la exclusión social

Categoría: Protección para el desempleo

31 Diciembre 2009

Mientras la prestación por desempleo cotiza para la pensión, el subsidio no se tiene en cuenta

Los interrogantes más comunes que asaltan la mente de quienes están en paro giran en torno a cuándo se volverá a trabajar, la cuantía y la duración de la prestación por desempleo. Pero la preocupación e incertidumbre propias de estas personas se agravan cuando su edad cruza el horizonte de los 50. ¿La razón? La jubilación cercana y el requisito imprescindible de cotizar durante los 15 años previos, como mínimo, para cobrar una pensión. Es entonces cuando se plantea una cuestión: ¿mientras se cobra el paro se cotiza a la Seguridad Social?

 En las prestaciones, sí

Cerca de 900.000 desempleados se encuentran en la franja de edad próxima al retiro profesional. Tienen entre 50 y más de 60 años y, para jubilarse, el sistema público de pensiones les exige tener cubierto un periodo mínimo de cotización de 15 años. De estos, al menos dos deben ser inmediatamente anteriores a la fecha del cese de la actividad profesional. En total, las listas de parados registran a más de cuatro millones de personas. Una de sus preocupaciones habituales, en especial entre quienes se quedan en paro poco antes de la edad de jubilación, es la forma en que este retiro afectará al cobro de la pensión.

Cuando una persona percibe una ayuda por desempleo, además de ingresar cada mes la cantidad que le corresponde por derecho, continúa de alta en la Seguridad Social y, por tanto, cotiza por las contingencias comunes. Entre ellas se incluye, además de la jubilación, la protección a la familia, invalidez permanente, prestación por muerte y supervivencia, incapacidad temporal, maternidad, asistencia sanitaria y farmacéutica. Sin embargo, mientras que una parte del abono de las cuotas a la Seguridad Social de las personas en activo y asalariadas corre a cargo de la empresa contratante, en el caso de los desempleados la responsabilidad recae sobre el propio Servicio Público de Empleo (INEM). Abona el 35% de la cuota, mientras que el resto (65%) lo asume el desempleado: se descuenta de forma directa de la prestación, como ocurre con las retenciones del IRPF.

 

Más información en...

http://www.consumer.es/web/es/economia_domestica/trabajo/2009/12/16/189851.php

 Autor: Por ROSA CUEVASFecha de publicación: 16 de diciembre de 2009

8 Diciembre 2009

Las prestaciones, que oscilan entre 386 y 712 euros, se conceden en general para un periodo de seis meses a un año.

Cada día hay nuevas incorporaciones a la ya interminable lista de desempleados que registra el INEM. Los datos no engañan pero alarman: el número de parados en España ya supera los 4 millones de personas, según el Instituto Nacional de Estadística, y hay quienes aseguran que "lo peor está por llegar". Por ello las comunidades autónomas han diseñado diversos planes de choque, como las ayudas económicas de protección social a los parados que hayan finalizado el periodo de cobro por desempleo. Están formalizadas bajo diferentes nombres, como "Salario Social", "Renta Mínima de Inserción", "Renta de Integración Social", "Ayuda de Inclusión Social" o "Renta Básica", en función de las personas que integren cada unidad familiar, la edad de los beneficiarios o el máximo de ingresos que obtengan. Las prestaciones oscilan entre 386 y 712 euros. Se conceden, por regla general, entre seis meses y un año. En algunos casos, se prevé el derecho a la continuidad de la percepción en periodos sucesivos de seis meses, mientras persistan las circunstancias que motivaron su concesión.

Más información en...

http://www.consumer.es/web/es/economia_domestica/trabajo/2009/12/02/189513.php

 

19 Noviembre 2009

Las arcas del Estado dejarán de ingresar unos 500 millones de euros por esta medida

El Gobierno central ha cerrado un acuerdo con la izquierda parlamentaria para mantener la deducción de 400 euros en el IRPF para las rentas con una base imponible inferior a 8.000 euros anuales y aplicarla de forma gradual a los contribuyentes que no superan los 12.000 euros. Esta cantidad equivale a un salario bruto de unos 15.000 euros anuales. La decisión fue aprobada por la Comisión de Presupuestos, que comenzó ayer a debatir las 4.000 enmiendas presentadas a las cuentas públicas para 2010.

La prórroga de la deducción, tendrá un impacto fiscal en la recaudación del Estado para los próximos dos años que rondará los 500 millones de euros, según estimaciones del Ejecutivo. La ministra de Economía y Hacienda, Elena Salgado, concretó que las arcas públicas dejarán de recaudar unos 400 millones en el ejercicio de 2010, y el resto repercutirá en 2011.

Por su parte, el portavoz parlamentario socialista, José Antonio Alonso, estimó que la medida podría beneficiar a unos dos millones de contribuyentes con rentas bajas.

Además, se aprobó la enmienda para la prórroga el Plan 2000E de ayudas directas a la compra de vehículos con un presupuesto para 2010 de 100 millones de euros, y se decidió que los deportistas de élite paguen impuestos más elevados.

Más información en...

http://www.consumer.es/web/es/economia_domestica/2009/11/04/189006.php

4 de noviembre de 2009

23 Septiembre 2009

Este Programa Temporal consiste en facilitar cobertura económica, con carácter extraordinario, a personas en situación de desempleo que hayan agotado prestación contributiva o subsidio por desempleo, carezcan de rentas superiores a 468 euros mensuales en 2009 y adquieran el compromiso de participar en un itinerario activo de inserción laboral.
Es gestionado por el Servicio Público de Empleo Estatal con la colaboración de los Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas.
Conlleva las acciones correspondientes a los itinerarios de inserción laboral, gestionados por los Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas o por el Servicio Público de Empleo Estatal en el País Vasco, Ceuta y Melilla, y se complementa con el pago de una prestación mensual que abona el Servicio Público de Empleo Estatal.

Fuente:

 

http://www.inem.es/inem/ciudadano/prestaciones/p_temporal.html

 

17 Septiembre 2009

No renovar la tarjeta de desempleo o rechazar una oferta de trabajo adecuada si se está en el paro son algunas infracciones.

El sistema de Seguridad Social en nuestro país es responsable, al menos sobre el papel, de garantizar la asistencia y las prestaciones sociales a los ciudadanos. Su acción protectora comprende los subsidios económicos en situaciones de incapacidad temporal, muerte y supervivencia, maternidad, orfandad, desempleo, invalidez y jubilación, así como la asistencia sanitaria y hospitalaria. Pero tiene al mismo tiempo la potestad de sancionar y multar, incluso por vía económica, a quienes por picaresca o ignorancia se salten la normativa legal. Rechazar una oferta adecuada ofrecida por el servicio público de empleo o por las agencias de colocación cuando se está en el paro, cobrar el subsidio de desempleo a la vez que se trabaja por cuenta propia y no entregar en los plazos estipulados la documentación necesaria para gestionar cualquier prestación son algunas de las numerosas infracciones tipificadas que pueden suponer una sanción de diversa cuantía y naturaleza.

Las empresas no son las únicas figuras penalizadas por la Seguridad Social. La Ley sobre Infracciones y Sanciones en el orden social, en su Capítulo III, las divide en función de la posición y la naturaleza del infractor. Además de los empresarios, este organismo sanciona a trabajadores por cuenta ajena, autónomos, beneficiarios y solicitantes de prestaciones, mutuas de accidente de trabajo y enfermedades profesionales, así como a otras empresas que colaboren en la gestión de la Seguridad Social.

  • Autor: Por ROSA CUEVAS
  • Fecha de publicación: 16 de septiembre de 2009
  • Más información en............

     http://www.consumer.es/web/es/economia_domestica/trabajo/2009/09/16/187966.php

     

     

     

     

    10 Septiembre 2009

    El Gobierno podría ampliar el plazo de inicio de la ayuda de 420 euros para parados sin prestación del 1 de agosto al 1 de junio, dos meses más sobre la propuesta inicial, lo que incluiría 500.000 parados más.

     El Ejecutivo ha dado un paso para intentar conseguir un acuerdo con los sindicatos en la polémica sobre el cheque parado. Gobierno y sindicatos concluyeron poco antes de la medianoche la reunión en la que retomaron la posible ampliación de la ayuda de 420 euros a parados que hayan agotado sus prestaciones y subsidios y no cuenten con ingresos suficientes.

    El Ejecutivo puso sobre la mesa que esta ayuda se prorrogara hasta el 1 de junio "dos meses más sobre la propuesta inicial", una medida que CCOO y UGT calificaron de "insuficiente", informaron a Europa Press fuentes sindicales.

    De esta forma, el Ministerio de Trabajo aceptó revisar los términos de la ayuda de 420 euros, que desde su puesta en marcha el pasado 17 de agosto había sido objeto de polémica porque no beneficiaría a todos los parados que se encuentren en esta situación, sino sólo a los que agoten sus subsidios desde el 1 de agosto.

    El Gobierno hará extensiva hoy a los Grupos Parlamentarios la propuesta presentada anoche a los sindicatos. Además, subrayaron la voluntad del Ejecutivo de convalidar el decreto en el Congreso "con el máximo consenso posible".

    La medida, que ya está en vigor, recoge que tienen derecho a la misma durante seis meses quienes estuviesen en esta situación desde el pasado 1 de agosto, carezcan de rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional "es decir 468 euros", y se comprometan a buscar trabajo y hacer un curso de formación.

    CCOO quiere que la patronal participe en el acuerdo y UGT plantea la medida desde el 1 de enero

    El Gobierno estima que con estas condiciones la nueva prestación beneficiará a 340.000 personas, con un coste de 640 millones de euros hasta febrero de 2010. A partir de aquí cada mes de ampliación hacia atrás, a partir del 1 de agosto, supondrá cien millones de euros adicionales. Que puedan acogerse a la nueva prestación quienes se hubiesen quedado sin ingresos a partir del 1 de junio supondría elevar su coste a los 840 millones de euros.

    En la reunión de anoche, UGT planteó que pudieran beneficiarse de la medida quienes reuniesen las condiciones el 1 de enero. CCOO propuso ayer incluir a los beneficiarios dentro de la prestación conocida como la Renta Activa de Inserción, eliminando el requisito de que los beneficiarios deben ser los parados mayores de 45 años con responsabilidades familiares.

    Advertencia
    Pero el acuerdo con los sindicatos no es el único problema. La presidenta de la Comunidad de Madrid, Esperanza Aguirre, anunció ayer que no pagará la nueva ayuda a los parados que no tengan ningún tipo de prestación, una vez que la hayan recibido del Gobierno central durante seis meses.

    Aguirre dijo que Madrid ya cuenta con una Renta Mínima de Inserción. Esta ayuda básica asciende a 370 euros mensuales para una persona; con sucesivos complementos en función de la unidad familiar.

    En declaraciones a Telecinco, Aguirre, del PP, añadió que "yo creo que [con la nueva prestación para los parados] el Gobierno ha hecho bastante el ridículo porque primero dijo que era para los que se quedaran sin prestaciones a partir del 1 de agosto, y fue tal el escándalo que decidió virar para atrás (sic)".

    [foto de la noticia] 

    Más información en...... http://www.expansion.com/2009/08/31/economia-politica/1251755046.html

    Expansión.com - Diario líder de información de mercados, economía y políticaPublicado el 01-09-09 , por Expansión

    9 Septiembre 2009

    El Gobierno ampliará la ayuda de 420 euros a todos los parados que hayan agotado el subsidio de desempleo a partir del pasado 1 de enero, en lugar del 1 de agosto, como está recogido en el Real Decreto-Ley que regula esta ayuda. Además, se suprimirá la condición que exigía una tasa de desempleo por encima del 17% para mantener la medida más allá de seis meses. Llegado ese momento, se estudiará si es necesario prorrogarla y de qué manera.

    Aunque el nuevo proyecto de ley se tramitará con carácter de urgencia, debido al trámite parlamentario necesario para su aprobación, no podrá aplicarse hasta principios de noviembre.

    La ampliación de la ayuda de 420 euros para desempleados sin ingresos desde el 1 de enero afectará a entre 250.000 y 300.000 parados más de los previstos inicialmente y supondrá unos 700 millones adicionales, ha señalado la secretaria general de Empleo, Maravillas Rojo. En total, la prestación beneficiará a más de 600.000 personas y costará 1.342 millones, por lo que será necesario realizar algunas modificaciones en el techo presupuestario aprobado en el Congreso de los Diputados en julio.

    Fuente: http://www.consumer.es/web/es/economia_domestica/2009/09/02/187763.php

    2 de septiembre de 2009

    8 Septiembre 2009

    Los parados que deseen abrir un negocio deben justificar la finalidad de la inversión y demostrar la necesidad del dinero.

    España es uno de los países con mayor nivel de desempleo de la Unión Europea y la situación, según los expertos, no parece que vaya a mejorar a corto plazo. En plena crisis, quienes se encuentran en paro desde hace tiempo optan por ensayar la vía del autoempleo. Pero abrir una empresa no es fácil. Hace falta un capital inicial y los bancos muestran reticencias para facilitar crédito. Los nuevos proyectos empresariales deben recopilar suficientes avales y garantías. Una alternativa es solicitar la capitalización de la prestación de desempleo en un pago único. De esta manera, se dispone del capital inicial necesario para poner en marcha la nueva actividad. La capitalización es posible para quienes cobran una pensión retributiva, que deben justificar la finalidad de la inversión y demostrar la necesidad del dinero.

    Ayuda limitada

    Las personas que solicitan la capitalización del paro perciben el importe de la prestación de desempleo en un pago único. Para evitar fraudes, es preciso que los solicitantes justifiquen la finalidad de la inversión. Además, sólo pueden percibir el dinero los parados que cobren una pensión retribuitiva por desempleo y demuestren la necesidad de ese capital para una inversión empresarial destinada a:

    • Trabajar por cuenta propia mediante una sociedad mercantil o como autónomo.

    • Incorporarse como socio trabajador estable de una cooperativa o una sociedad laboral de nueva creación, o con la que estuviese unido previamente por una relación laboral no superior a 24 meses.

    No se accede al 100% del dinero que se cobraría del INEM y las cantidades están relacionadas con cada situación concreta

    Con la capitalización del paro no se accede al 100% de la cantidad que se cobraría del INEM si se cubriera todo el plazo de la prestación de desempleo a la que se tiene derecho, pero el pago está relacionado con la situación personal y laboral del solicitante:

    • Si se gestiona el alta en el régimen de trabajadores autónomos, se tiene derecho a un pago único del 60% del total. El resto del dinero, hasta cubrir el 100%, se emplea en compensar las cuotas de la Seguridad Social. El pago de estas cuotas puede realizarse de forma mensual o trimestral.

    • Los discapacitados con un grado de minusvalía igual o superior al 33% pueden obtener el 100% del capital pendiente de cobrar.

    • La integración en una cooperativa o sociedad laboral representa la tercera opción. Hay dos posibilidades: tener ya trabajo en cualquiera de estas dos modalidades y convertirse en socio o crearlas junto a otros participantes. En ambos casos, se debe realizar la solicitud para obtener el 100% del paro si ésta es la cantidad necesaria para aportar como capital social en la entidad de nueva creación. Si es inferior, sólo se concede la cuantía necesaria; el resto irá destinado a la compensación de las cuotas de la Seguridad Social.

    • Los parados menores de 30 años (35 años para las mujeres) percibirán el 80%. Esta medida se tomó el pasado 31 de julio en Consejo de Ministros y estará en vigor hasta finales de 2010.

     Fuente:

    http://www.consumer.es/web/es/economia_domestica/trabajo/2009/08/25/187514.php

    Autor: LOLA RAYA BAYONA

    Para más información, ver nuestro enlace: GUIA CAPITALIZACION DEL DESEMPLEO

    http://www.inem.es/inem/ciudadano/prestaciones/pdf/GuiaCapitalizacion.pdf

     

    Sobre ACTIV@S M+45

    ACTIVOS M+45 es una entidad sin ánimo de lucro que lucha contra la exclusión social de los mayores de 45 años potenciando la información sobre el empleo y reclamando un mayor compromiso institucional tanto en lo relativo al empleo como en el aspecto cultural y formativo. Este es tu Blog, utilízalo y envíanos tus sugerencias. Infórmate en activosm45@yahoo.es
       
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