Madrid.- Ante el alud del paro y el aumento de desempleados que han agotado la prestación económica o asistencial, el Gobierno está estudiando diferentes opciones para ampliar la protección actual.

La medida que más aceptación tiene por parte del ministro de Trabajo, Celestino Corbacho, es la de ampliar de forma temporal el plazo del subsidio de paro, que perciben los que han agotado la prestación a que han causado derecho por el periodo cotizado.

La novedad es que el Ejecutivo quiere que las comunidades autónomas se hagan cargo o al menos colaboren en financiar esta ampliación, ya que tienen transferidas las políticas activas de empleo (la búsqueda de trabajo para sus parados) y también la protección social. También pretende que las autonomías amplíen su esfuerzo de gasto en las denominadas rentas de inserción (las que reciben los parados de larga duración una vez agotada la prestación económica y el subsidio), otra de las competencias recibidas del Estado.

Según fuentes del Ministerio de Trabajo, conscientes de que la sangría del desempleo va para largo, "los parados no pueden pasar la frontera de la exclusión social".

En este sentido, este departamento ha descartado la ampliación del periodo de la prestación económica o la reducción temporal de las condiciones para tener derecho a cobrar el paro (haber cotizado al menos un año para cobrar cuatro meses de paro). Esta medida está rechazada por su complejidad y, sobre todo, por su alto coste. En la actualidad, cada mes de prestación contributiva tiene un gasto de casi 2.200 millones de euros.

Por tanto, Corbacho apuesta por alargar la percepción de la ayuda de las prestaciones asistenciales, donde existen diversas modalidades."Todavía no se ha concretado la medida", apuntan en este Ministerio, "pero la solución preferida es incrementar en seis meses el periodo de cobro en el subsidio y también el de la renta activa de inserción".

En la actualidad, pueden acceder a cobrar el subsidio aquellos trabajadores que han agotado la prestación por desempleo contributiva (la duración máxima es de dos años) y tienen cargas familiares; los mayores de 45 años sin cargas familiares que hayan consumido esa prestación; y los parados que no han cubierto el periodo mínimo de cotización para cobrar la contributiva. Además, existen subsidios especiales, como los destinados a los trabajadores agrarios o los que pueden disfrutar los mayores de 52 años.

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http://www.elmundo.es/mundodinero/2009/04/14/economia/1239691146.html