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La Coctelera

ACTIV@S M+45

Un colectivo contra la exclusión social

Categoría: ACTUALIDAD. ARTICULOS DE INTERÉS

9 Julio 2009

Hacer el cálculo de manera adecuada evita percibir cantidades inferiores a las que se tiene derecho.

Cuando una empresa despide a un trabajador, además de hacerle efectiva la indemnización que le corresponda según el caso, tiene también la obligación de liquidar las cuentas pendientes mediante el finiquito. En ocasiones, bien por un simple error o por mala fe, puede que el cálculo esté mal hecho y se asignen cantidades inferiores a las que en realidad la persona despedida tiene derecho. Por este motivo, y para no sentirnos engañados, debemos conocer cuál es la manera correcta de realizar dicho cálculo.

El cálculo, paso a paso

Cuando se extingue un contrato laboral, sea por el motivo que sea, el trabajador tiene derecho a percibir el finiquito, una compensación económica que consiste en la suma de tres conceptos:

  • La parte de salario que le corresponda por los días trabajados en el mes en que se produce el despido.
  • Una compensación por la parte proporcional del periodo de vacaciones no disfrutadas.
  • La parte proporcional de pagas extras.

El finiquito debe incluir todas las remuneraciones devengadas por el trabajador y todavía no percibidas. Los pasos que hay que dar son los siguientes:

  • Calcular el salario pendiente del mes en curso
  • El pago de las vacaciones no disfrutadas
  • El cálculo de las pagas extras

Total del finiquito

  • Una vez calculadas las cantidades de las distintas partes de que se compone el finiquito, ya sólo queda hacer una simple suma con todas ellas. El resultado es el siguiente: 124 euros (salario inacabado del último mes), más 558 euros (vacaciones sin disfrutar), más 610 euros (paga de Navidad) y más los 160 euros (paga de julio) el toal a cobrar es de 1.452 euros.

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CONSUMER EROSKI, el diario del consumidor

25 de junio de 2009

Por LOLA RAYA BAYONA

 

29 Diciembre 2008

"BASTA YA"

Gaza (Palestina) día 27 de Diciembre de 2008

Da igual el lugar, Gaza, El Congo, Irak, India,Pakistán, etc, etc, etc,

Los intereses económicos hacen que no se respeten los derechos humanos en el mundo.

Los hombres y mujeres que poblamos el Planeta Tierra tenemos que levantar nuestra voz y hacer llegar nuestra protesta a todos los que son responsables y cómplices de tanta barbarie.

Hacer llegar vía e.mail la protesta. Nuestro voto cuenta estemos desempleados o en activo. Los mayores de 45 años no debemos estar y ser impasibles ante tanta injusticia. Hay que movilizarse y decir "basta ya".

El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamó la Declaración Universal de Derechos Humanos, cuyo texto completo figura en las páginas siguientes. Tras este acto histórico, la Asamblea pidió a todos los Países Miembros que publicaran el texto de la Declaración y dispusieran que fuera "distribuido, expuesto, leído y comentado en las escuelas y otros establecimientos de enseñanza, sin distinción fundada en la condición política de los países o de los territorios".

Preámbulo

Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;

Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias; Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión; Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones; Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad; Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso; La Asamblea General proclama la presente Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.

Artículo 1

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 2

1. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

2. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

Artículo 3

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Artículo 4

Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Artículo 5

Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Artículo 6

Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Artículo 7

Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

Artículo 8

Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

Artículo 9

Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

Artículo 10

Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

Artículo 11

1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.

2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

Artículo 12

Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

Artículo 13

1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.

2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.

Artículo 14

1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.

2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 15

1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.

2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

Artículo 16

1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.

2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio. 3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.

Artículo 17

1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.

2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

Artículo 18

Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

Artículo 19

Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Artículo 20

1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.

2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

Artículo 21

1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.

2. Toda persona tiene el derecho de accceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país. 3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.

Artículo 22

Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

Artículo 23

1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.

2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual. 3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social. 4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.

Artículo 24

Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

Artículo 25

1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.

2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.

Artículo 26

1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.

2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz. 3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

Artículo 27

1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.

2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

Artículo 28

Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

Artículo 29

1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.

2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática. 3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 30

Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.

21 Diciembre 2008

DEBEMOS SUMAR

A TODOS Y TODAS

Integrantes y amigos/as que han participado en buscar soluciones a nuestra problemáticas.

Al pie esta el saludo recibido por otro grupo que actua en Capital Federal y otros lugares.

Tenemos que estar conciente que las listas de personas que no han encontrado un empleo formal desdE el 2001, ante la nueva crisis, ya no vasta con solicitar oportunidades reales de empleo decente para todos sin discriminaciones por edad o personales.

DEBEMOS SUMAR:

* BLANQUEO DE TRABAJADORES DE TRABAJADORES NO REGISTRADOS, alternativa que se da a los adultos.

* JUBILACION BASICA PARA TODA PERSONA QUE TENGA MAS DE 20 AÑOS DE APORTES Y SUPERE LA EDAD DE 50/55 AÑOS, SI LOS DISTINTOS NIVELES DEL ESTADO NO PUEDEN GARANTIZAR EL INGRESO A UN EMPLEO PARA TODOS Y TODAS.

ESPEREMOS QUE LAS DISTINTAS AGRUPACIONES QUE EXISTEN EN EL PAIS QUE AGRUPAN A ESTE SECTOR ETAREO, PUEDAN COORDINAR LOS ESFUERZOS Y LOGRAR POLITICAS PUBLICAS , LEYES Y ORDENANZAS QUE CORRIJAN LAS DESIGUALDADES QUE CREA EL SECTOR PRIVADO Y SABEMOS TAMBIEN MUCHAS MUNICIPALIDADES EN LA CONTRATACION DE NUEVO PERSONAL.

Por un mejor e igualitario año.

Daniel

Coordinador

Grupo de Reinserción Laboral + 45 (Argentina)

16 Diciembre 2008

El Bloc-Verds de Gandia ha denunciado la desaparición del servicio de vigilancia de parques y jardines, que se suma al de informadores nocturnos cuya contrata expiró el pasado 3 de diciembre.

El edil econacionalista Josep Miquel Moya lamentó que quince trabajadores, que hasta ahora venían desempeñando la función de serenos, hayan pasado a engrosar las listas del paro, ya que el gobierno local no ha renovado el contrato. “Creemos que se trata de un nuevo despropósito del ejecutivo municipal, que no hace más que anunciar proyectos megalómanos mientras desaparecen servicios sociales como este”. Y es que los informadores nocturnos de Gandia daba empleo a quince hombres y mujeres mayores de 45 años que lo tenían más complicado para encontrar trabajo, así como mujeres con cargas familiares a las cuales beneficia un horario nocturno para poder conciliar así vida laboral y familiar.

Fuente:

16 de diciembre de 2008

http://www.saforguia.com/Noticias/tabid/54/titular/EL_BLOC_DE_GANDIA_DENUNCIA_LA_DESAPARICI%C3%93N_DEL_SERVICIO_DE_VIGILANCIA_DE_PARQUES/idnoticia/17736/Default.aspx

13 Diciembre 2008

La cantante, pionera del 'folk' americano que influyó a Bob Dylan y Joan Baez, fallece a los 77 años en Nueva York

Muere la cantante Odetta

Odetta durante una actuación en el festival de Nueva Orleans en 1978.- AP

Su música venía del más profundo sur estadounidense, en el que confluían las historias y sentimientos de las novelas de Booket T. Washington, Alex Haley, Alice Walker y William Faulkner. Su voz era un torrente de emociones, que alumbró el folk americano con una intensidad escalofriante y marcó a varias generaciones de cantautores como Bob Dylan, Joan Baez y Janis Joplin. Odetta, la mujer de pelo corto que cantaba de pie acompañada de su guitarra como desafiando al oyente, ha muerto a los 77 años de edad a causa de una dolencia cardiaca en el hospital Lenox Hill de Manhattan.

Más información en........

ELPAIS.COM03/12/2008

http://www.elpais.com/articulo/internacional/Muere/Odetta/voz/torrencial/derechos/civiles/EE/UU/elpepuint/20081203elpepuint_11/Tes

4 Diciembre 2008

El 51 por ciento de los ciudadanos navarros tiene un "nivel de satisfacción alto" del nivel de desarrollo económico alcanzado por Navarra en los últimos años, mientras que el 39 por ciento lo considera medio y el 7 por ciento, bajo. Además, un 76 por ciento de las personas interpeladas ve el futuro con "optimismo", aunque más de la mitad considera necesario un cambio del actual modelo.

Así se desprende de los resultados de la encuesta realizada a 1.500 personas de 71 localidades navarras (sobre un universo de 523.265 residentes en Navarra mayores de edad) en relación al plan estratégico 'Nuevo Modelo de Desarrollo Económico de Navarra' (Plan Moderna), encargado por el Gobierno de Navarra a la empresa Cíes.

Las conclusiones fueron presentadas esta mañana en el Palacio de Navarra por el vicepresidente segundo y consejero de Economía y Hacienda, Álvaro Miranda, quien estuvo acompañado de Carlos Zufía, director de la empresa encargada del trabajo.

Zufía señaló que de la encuesta se desprende que los navarros se encuentran satisfechos con el nivel de desarrollo alcanzado, si bien preocupan aspectos como el envejecimiento de la población y la excesiva dependencia de la industria multinacional.

Más información en....

Agencia Europa Press | europapress.es : información de actualidad y noticiasJueves, 4 de diciembre 2008

http://www.europapress.es/navarra/noticia-51-navarros-muestra-satisfecho-nivel-desarrollo-economico-comunidad-foral-20081204151747.html

23 Noviembre 2008

El ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Celestino Corbacho, ha destapado la caja de los truenos al pedir que se saque a los prejubilados de la lista del paro. Sus palabras han sido secundadas por el secretario de Estado de Economía, David Vegara.

En los últimos años tres de las principales empresas de España, Telefónica y los dos grandes bancos (BBVA y Santander) han rejuvenecido su plantilla mediante este sistema. El proceso que suelen aplicar es bastante sencillo. Por lo general, acceden a la prejubilación los trabajadores de más de 50 años, que reciben un sueldo hasta que cumplen la edad legal de jubilación del 90% de su último salario de convenio.

Además, la banca financia los convenios individuales de sus empleados con la Seguridad Social para pagar las cotizaciones, generalmente hasta los 63 años, o hasta los 65 años como el caso del BBVA. Con ello, cuando se jubilan a los 65 años no ven recortada la pensión que se cobrará el resto de la vida.

Por su parte, Telefónica ha adelantado en su último ERE la edad de prejubilación hasta los 48 años, lo que ha provocado el rechazo del Ministerio de Trabajo y un run run social por enviar a la vía muerta a personas que están en plena actividad y con una experiencia muy válida.

En un principio las palabras del ministro parecen lógicas, ya que la carga económica de la prejubilación la soportan la empresa y, en algunas ocasiones, lo comparte mínimamente con la Seguridad Social.

Pero surjen varios problemas. El primero, que muchas de las prejubilaciones no se hacen en las excelentes condiciones anteriormente mencionadas. En este caso, el Gobierno debería explicar qué medidas de protección tiene para aquellos trabajadores que se han abocado a esta fórmula porque su empresa hace aguas..

Más información en.....


21 Noviembre 2008

La directora de la Fundación Biodiversidad, Ana Leiva, suscribió hoy acuerdos con cuatro entidades de la Comunidad por un importe de 1,9 millones de euros para fomentar iniciativas empresariales en el sector ambiental y promover el uso de energías renovables y la mejora ambiental de las explotaciones agroganaderas, una actuación que se inscribe en el Programa 'Empleaverde'. Las entidades receptoras de dicha cuantía son el Consejo Comarcal del Bierzo, para el programa 'Emprende Verde', dotado con 428.670 euros; la Fundación Cartif, a la que se destinarán 546.540 euros; la Fundación Progreso, Empleo y Servicios en Salamanca (Premysa), que desarrollará el 'Proyecto con futuro' con 408.935 euros y la Unión de Ganaderos y Agricultores de León (UGAL-UPA), para la iniciativa 'Biomasa Energética', que contará con un importe de 508.000 euros.

La Fundación Biodiversidad, dependiente del Ejecutivo central, es entidad gestora de Fondo Social Europeo (FSE) y en 2008 destina 14,8 millones de euros para financiar 32 proyectos dirigidos a la mejora del empleo y del medio ambiente a través del Programa 'Empleaverde', en los que se incluyen las cuatro entidades de Castilla y León con las que se firmaron hoy los acuerdos.

Mas información en....

http://www.europapress.es/epsocial/noticia-fundacion-biodiversidad-destina-19-millones-crear-empresas-promover-medio-ambiente-castilla-leon-20081121165759.htmlepsocial.es : el diario social de europa press21 Nov

Sobre ACTIV@S M+45

ACTIVOS M+45 es una entidad sin ánimo de lucro que lucha contra la exclusión social de los mayores de 45 años potenciando la información sobre el empleo y reclamando un mayor compromiso institucional tanto en lo relativo al empleo como en el aspecto cultural y formativo. Este es tu Blog, utilízalo y envíanos tus sugerencias. Infórmate en activosm45@yahoo.es
   
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